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El 30 de abril vence plazo para contabilidad electrónica

Publicado por
Aletia Molina

Para que los contribuyentes con ingresos acumulables superiores a cuatro mdp

 

El organismo precisa que los contribuyentes del sector financiero, personas morales y físicas con ingresos mayores a dicho monto, deben enviar la información del catálogo de cuentas y la balanza de comprobación correspondiente a enero y febrero de este año.

El envío de la información, indica, es a través del Buzón Tributario, por lo que para utilizarlo es necesario que los contribuyentes se cercioren de haber confirmado el correo electrónico que proporcionaron.

Asimismo, destaca que antes de enviarlos es recomendable revisar los archivos en el validador de forma y sintaxis disponible en el Portal del SAT y verificar que esté vigente la firma electrónica.

Respecto a las pólizas y auxiliares de cuenta, subraya que deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015.

Ello, agrega en un comunicado, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.

El SAT resalta que es importante que los contribuyentes preparen su información para que sea enviada en los plazos indicados y así cumplir con esta obligación.

Fuente: Crónica

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Aletia Molina